“Convócase a los Intendentes y las Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 1050 del 19 de octubre de 2021 de la Secretaría de Comercio Interior, o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen”, según el decreto 745/2021, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
Para el cumplimiento de lo dispuesto, las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley N° 20.680 (de abastecimiento) mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto, de acuerdo con el texto oficial.
También, el Poder Ejecutivo convocó a los gobernadores y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que se sumen al control de precios, tal como lo habían acordado en una reunión realizada el miércoles último.
Además, estableció que Comercio Interior brindará a las autoridades municipales la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas.
El Gobierno recordó que la Ley N° 20.680 faculta a la Autoridad de Aplicación (La Secretaría de Comercio Interior) a establecer, entre otros, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, a la vez que establece severas sanciones ante la constatación de incumplimientos.