Si bien el hecho sucedió en 2015, y la Fiscalía de Instrucción había solicitado que el imputado fuera condenado a 9 años de prisión, ayer el fiscal subrogante Fernando Rodríguez solicitó la pena de 4 años y 8 meses.
Durante los alegatos, Rodríguez consideró como “contundentes” los resultados de las pericias realizadas mediante la Cámara Gesell a la víctima, quien optó por contarle los hechos sucedidos a su niñera.
Además, el fiscal citó el testimonio de una hermana del acusado, quien lo señaló por haber abusado sexualmente de ella cuando tenía 15 años, por la que se vio obligada a dejar la vivienda que compartía con él y su familia durante su niñez y adolescencia.
En tanto, el defensor de Niñez y Adolescencia, Luis Privitera, coincidió con lo expuesto por el fiscal Rodríguez y rescató de la Cámara Gesell “las certeras declaraciones de la niña, ya que pocas víctimas pueden expresar una situación de esa índole con claridad“.
Sin embargo, para el defensor oficial, Esteban Sala, la causa estuvo rodeada de “dudas e incertidumbres”, ya que consideró que la única fuente clara de lo sucedido había sido la niñera de la víctima a quien ella le expresó lo ocurrido y que tal indicio generó “serias inconsistencias que no quedaron del todo claras, ni comprobadas bajo los detalles certeros de cuándo, dónde y qué pasó durante la presunta situación de abuso”.
Sobre el informe de Cámara Gesell, la defensa aseguró que la testimonial de la niña “presentaba escasos indicadores de validación de vivencia de un abuso sexual”, que la narración era “confusa, en cuanto a los detalles, y un tanto estructurada”.
Asimismo, Sala apuntó que cuando la psicóloga entrevistó a la presunta víctima, aseguró que ésta no se mostró molesta con el abuelo en ningún momento y que no hubo ningún impacto emocional al hablar de la situación.
Finalmente, el defensor hizo alusión a una fotografía tomada en octubre de este año, en la que se ve a su defendido, a la nieta y a la madre de ella compartiendo un almuerzo, y al respecto aseveró que “no queda clara la situación” ya que nadie “habría forzado a la madre de la niña a revincularse a la familia” y ese contexto “genera dudas”.
Por los expuesto, la defensa solicitó la absolución del acusado, que finalmente fue concedida por la Cámara Penal 1 de San Luis.
Los jueces José Luis Flores, Silvia Inés Aizpeolea y Jorge Sabaini Zapata arribaron a ese veredicto tras fundamentarlo en el “In dubio pro reo”, un principio jurídico que expresa que si el juzgador tiene dudas sobre la culpabilidad del acusado, tras valorar las pruebas, debe ser considerado inocente.