Mediante la Disposición 1050/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se definió la prohibición de la comercialización del mencionado aceite de girasol, entre otras medidas.
“Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Aceite de girasol, marca CRZ, RNPA N° 02-325271, RNE N° 02-044285, elaborado por Cooperativa Santafesina Agrícola, Provincia de Santa Fe“, se indica en el texto oficial.
La ANMAT marca esto “por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, por consignar en su rótulo la leyenda ‘Libre de Gluten’ y el símbolo de Alimento Libre de Gluten, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Además, agrega: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 02-044285 y RNPA N° 02- 325271 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.