El beneficio alcanzará en forma automática a todas las cuentas bajo la titularidad de pequeños contribuyentes, que dejarán de pagar la alícuota especial de 0,25% del denominado «impuesto al cheque».
La medida forma parte de un conjunto de instrumentos tendientes a equiparar el tratamiento impositivo entre las cuentas bancarias y las billeteras virtuales, que ya se encuentran exentas del pago de este impuesto.
La decisión se aplicó por medio de la Resolución General N° 5031/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La adecuación normativa también precisa el procedimiento para que puedan acceder a la exención los monotributistas que abran nuevas cuentas corrientes, así como aquellos nuevos pequeños contribuyentes que utilicen ese tipo de cuentas.
De esta manera, la exención del impuesto «al cheque» abarca a la totalidad de las cuentas bancarias bajo la titularidad de monotributistas que se encuentren inscriptos en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.