El Gobierno oficializó la nueva prórroga por 60 días de la prohibición de despidos y suspensiones, que regirá a partir del 1° de agosto y hasta el 30 de septiembre, medida que se había dispuesto por primera vez en abril último como consecuencia de la emergencia sanitaria a raíz de la pandemia del coronavirus.
Por medio del decreto 624/2020, publicado en el Boletín Oficial y que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todos sus ministros, se dispuso que en el período establecido las empresas no podrán despedir a sus empleados sin justa causa y por las causales de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo.
“Los despidos y suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el presente decreto no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”, expresa el artículo 4 del texto publicado hoy.
La medida “no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia”, se aclaró.
El decreto afirma que “que esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo”.
Con Télam.