¿Qué pasó? El Gobierno determinó, por medio de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), que los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) ya no tengan plazo de vencimiento, a partir de una resolución que fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Punto importante. La primera etapa será de implementación inmediata y prevé que los CUD sean emitidos sin plazo de vencimiento, tanto en su versión física como digital. A su vez, el Estado “tomará contacto con la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados, cuestión clave para asegurar el acceso a derechos, prestaciones y servicios derivados de la certificación, como así también para mantener los registros actualizados que sirven para diseñar y ejecutar eficientemente políticas públicas para las personas con discapacidad”, según confirmó la Andis mediante un comunicado.
Atenti. Al mismo tiempo, el organismo indicó que “las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, en todos los casos, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto”.
Además. En Argentina se estima que unas 5 millones de personas tienen algún tipo de discapacidad, el 55% son mujeres y 45%, varones. De este total, 8 de cada 10 están desocupados. De acuerdo al último anuario estadístico del Registro Nacional de Personas con Discapacidad, hay más de 3.744 argentinos con CUD que buscan empleo y no lo consiguen.
Etapas de la implementación de la resolución
- Etapa 1: al 15 de marzo de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman tanto en su versión física (Resolución N° 512/18), como en su versión digital (Resolución N° 2189/2021), no tendrán fecha de vencimiento, e incorporará el período en el que deba efectivizarse la instancia de actualización respectiva.
- Etapa 2: al 1° de junio de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman se efectivizarán bajo el formato y modalidad que determine la ANDIS, suprimiéndose el uso de papel moneda por parte de las JEI.
- Etapa 3: al 1° de octubre de 2023 se efectivizará y ejecutará de forma integral la nueva dinámica de vinculación, certificación, y acompañamiento de las personas con discapacidad.
Documentación necesaria para acceder al CDU:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente y/o cualquier otro documento que acredite identidad. Para el inicio del trámite de certificación resultará también válido el Certificado de Pre-identificación expedido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
- Completar la planilla de solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD) a través de la modalidad y formato que determine la ANDIS a tal efecto.
- Certificado médico con firma y sello, con vigencia no mayor a 1 año, expedido por médico tratante, que contemple diagnóstico, estado actual, y resumen que detalle la condición de salud. Además, en los casos que corresponda, se deben establecer las secuelas y alternativas de tratamiento.
- En el caso de que se trate de una persona menor de 16 años de edad: partida de nacimiento, en caso de corresponder; DNI de la/s o el/los progenitores, o DNI vigente de la/s o el/los guardador/es, tutora/es, o persona/s a las que se haya delegado la responsabilidad parental y el testimonio de la sentencia que acredite tal carácter.