La decisión, se formalizó por medio de dos decretos publicados este jueves en el Boletín Oficial, por lo cual ya está vigente.
“Increméntase el monto de la remuneración y/o del haber bruto previsto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, a $175.000) mensuales”, según el artículo 1 del texto oficial.
Además, se incrementaron los montos previstos en el artículo 30 de la misma Ley, a saber:
- El monto de la remuneración y/o del haber bruto, de $150.000 mensuales a $175.000 mensuales.
- El monto de la remuneración y/o del haber bruto, de $173.000 mensuales a $203.000 mensuales.
En cuanto a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2021, a cobrarse en diciembre, “deberá considerarse el importe establecido en el artículo 1° del presente decreto y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto“, de acuerdo con lo dispuesto.
El Poder Ejecutivo explicó que la deducción “procederá en el supuesto en que, en el período fiscal 2021, la remuneración y/o el haber bruto promedio mensual arrojara un monto inferior o igual al tramo que correspondiere, considerando la suma resultante del promedio anual de los importes vigentes de aquellos, en cada tramo”.
La Casa Rosada justificó los cambios en el mínimo no imponible de Ganancias al señalar que “debe garantizarse el cumplimiento del objetivo de la norma legal, tendiente a promover que la carga tributaria del Impuesto no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los trabajadores y las trabajadoras, los jubilados y las jubiladas y fortalecer la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional”.
Con esta nueva actualización, 1.267.000 personas que dejaron de pagar Ganancias cuando se aprobó la ley en abril, seguirán exentas de este impuesto.
En tanto, por medio de otro decreto, se eximió del pago de Ganancias a los intereses originados en los depósitos en instituciones financieras, en moneda nacional, con cláusula de ajuste.