Mediante la resolución Nº 330-MdeS-2021 publicada en el Boletín Oficial de la provincia, la cartera que dirige Salvia Sosa Araujo, resolvió “prohibir en todas las farmacias de la provincia de San Luis, la venta de productos con distintas denominaciones o marcas comerciales para uso diagnóstico como pruebas rápidas de antígeno Covid-19 o test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 en secreciones nasales y de garganta”.
En la resolución, Salud indicó que resolvió la prohibición dado que la cartera se encuentra posibilitada para “instrumentar y extremar la adopción de todas las medidas y acciones necesarias que deberán ser de aplicación inmediata y obligatoria” en el marco de la pandemia de coronavirus que afecta al país.
A partir de lo resuelto, el Ministerio estableció que “los test para COVID-19, son de uso profesional exclusivo y excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados por la autoridad de aplicación”.
Así mismo, se indicó que los comercios y farmacias “que incumplieren con lo dispuesto” por las autoridades provinciales “serán pasibles de la aplicación de las sanciones previstas” en las normativas vigentes.