La Sala II del máximo tribunal penal, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Carlos Mahiques, rechazó las presentaciones realizadas por las defensas de Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas y Giuliano Spagnolo, cuatro de los seis condenados por integrar la agrupación neonazi autodenominada «Bandera Negra», que protagonizó una serie de ataques en la ciudad balnearia entre 2013 y 2016.
De ese modo, los magistrados confirmaron la sentencia dictada también por Casación el último 21 de febrero, que a su vez había ratificado un fallo dictado tras un juicio por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 (TOF 1) marplatense.
Yacobucci, Slokar y Mahiques consideraron que las defensas particulares de Paniagua, Caputo y Pozas, y la defensa pública de Spagnolo «no han cumplido con los recaudos para la interposición del recurso extraordinario federal establecidos en la Acordada N1 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación», por lo que señalaron que «corresponde declarar inadmisibles los remedios intentados».
«Además, los recurrentes no logran caracterizar la arbitrariedad que invocan, ni la existencia de cuestión federal suficiente que autorice la habilitación de la vía extraordinaria«, señalaron, y agregaron que «sus argumentaciones sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta».
Paniagua, Caputo, Pozas y Spagnolo fueron condenados el 3 de mayo de 2018, junto a Olexandr Levchenko y Alan Olea, a penas de entre 4 años y seis meses y 9 años y seis meses de prisión por el TOF 1 marplatense, integrado por los jueces Roberto Falcone, Mario Portela y Bernardo Bibel.
Todos ellos fueron sentenciados por haber formado parte de una agrupación «destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor» y por «pertenecer a una organización y realizar propaganda basado en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico».